Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 23/01/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
Descripción¿La organización recaba información sobre la orientación sexual o identidad de género de las personas beneficiarias, apoyadas o asistidas en alguno de sus programas o en la realización de sus actividades de atención la ciudadanía?Respuesta del día29/01/2024Texto de respuestaAsunto: Acuerdo de Prevención Número de Folio: 310568624000055 Mérida, Yucatán, a 24 de enero de 2024. C. Visible Presente.- Por medio del presente me dirijo a Usted en atención a la solicitud marcada con el número de folio 310568624000055, recibida en esta Unidad de Transparencia el día 23 de enero del 2024, que es del tenor siguiente: “¿La organización recaba información sobre la orientación sexual o identidad de género de las personas beneficiarias, apoyadas o asistidas en alguno de sus programas o en la realización de sus actividades de atención la ciudadanía?” Ahora bien, la información solicitada encuadra en el supuesto señalado en el párrafo primero del artículo 128 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que a la letra dice: “Artículo 128. Cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante, por una sola vez y dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días, contados a partir de la presentación de la solicitud, para que, en un término de hasta diez días, indique otros elementos o corrija los datos proporcionados o bien, precise uno o varios requerimientos de información.” En mérito de lo anterior y para poder atender la presente solicitud es menester requerirle una aclaración en la cual deberá especificar qué tipo de programas y/o actividades de atención se refiere, respecto a las personas beneficiarias, apoyadas o asistidas. La precisión realizada de la información requerida, servirá para determinar a cuales unidades administrativas deberá ser turnado el requerimiento y así poder brindarle certeza jurídica. En el entendido que el plazo de 10 días hábiles para dar respuesta a la misma comenzará a computarse de nueva cuenta a partir del día siguiente de la fecha en que se dé cumplimiento al presente requerimiento, apercibiéndolo de que en el caso de no cumplirlo, se tendrá por no presentada la solicitud, de conformidad con el artículo 60 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán. Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para enviarle un cordial saludo. Atentamente Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000055