Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 14/02/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónCon base en los artículos 6º y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 60 de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, así como la legislación local en la materia, solicito amablemente se me envíe la siguiente información: El número total de cámaras de videovigilancia que hay en el estado. El monto total de la inversión en materia de videovigilancia en el estado durante 2021 y 2022. Finalmente, solicitamos que toda la información se brinde en formato abierto que garantice el acceso a la información, como lo establece el artículo 3 fracción VI de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Respuesta del día19/02/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000110 Mérida, Yucatán a 16 de febrero de 2024 C. Seguridad mx. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000110 de 14 de febrero del año en curso, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución emitida el 15 de febrero del año en curso, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: PRIMERO.- Se declara la Incompetencia Total respecto de la información pública solicitada mediante número de folio 310568624000110, conforme a los antecedentes y considerandos de la presente resolución. SEGUNDO.- Oriéntese al particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública por internet, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Yucatán, en la página https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. CUARTO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución. En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se recomienda dirigir su solicitud al sujeto obligado “Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Yucatán”. Se adjunta la resolución emitida el día 15 de febrero del año en curso, por la Unidad de Transparencia. Atendiendo a los puntos resolutivos tercero y cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Lic. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000110