Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 17/02/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSolicito los datos estadísticos de necropsias en las que se haya identificado toxicología positiva para sustancias de abuso, desglosado por fecha, cantidad, edad, genero, probable causa de muerte, municipio y sustancias. Lo anterior para el periodo que comprende entre el 1 de enero de 2013 al 1 de enero de 2024.Respuesta del día04/03/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000115 Mérida, Yucatán a 28 de febrero de 2024. C. Troy McClur. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000115, de 19 de febrero del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 26 de febrero del año en curso, y confirmada en la Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección General del Instituto de Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información de los periodos comprendidos del 1 de enero de 2013 al año 2019, y del año 2022 al 2024, relativos a datos estadísticos de necropsias en las que se haya identificado toxicología positiva para sustancias de abuso, que fueron requerido a la Dirección General del Instituto de Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Yucatán. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DGICF/408/2024, de 23 de febrero de 2024, suscrito por la Dirección General del Instituto de Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 26 de febrero del presente año y el Acta de la Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000115