Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 26/02/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónMe dirijo respetuosamente a usted para solicitar información sobre la existencia y acceso a los siguientes registros: 1. Registro Local de Personas Desaparecidas. 2. Registro Estatal de Personas Desaparecidas y No Localizadas. 3. Registro de Fosas Clandestinas. Respuesta del día11/03/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000133 Mérida, Yucatán a 11 de marzo de 2024. C. Rocko Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000133, de 26 de febrero del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 07 de marzo del año en curso y confirmada en la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Unidad Especializada en la Busqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la INEXISTENCIA de la información requerida a la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida y la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales, relativa al registro de Fosas Clandestinas en la entidad, en el periodo comprendido del 01 de enero de 2023 a la presente fecha. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjuntan los oficios marcado con los números FGE/REG/676/2024, FGE/DIAT/541/2024 y FGE/UBP/545/2024, de 22 y 27 de febrero, y 04 de marzo, todos del año en curso, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida, la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales y la Unidad Especializada en la Busqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, así como la resolución de 07 de marzo del presente año y el Acta de la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000133