Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 28/02/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónA quien corresponda, Solicito la siguiente información relativa a delitos electorales entre abril y julio de 2021: En materia electoral por conductas previstas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, 1. ¿Cuántas denuncias por delitos electorales fueron realizadas por partidos políticos en el estado que está bajo su jurisdicción en el periodo comprendido del 1 de abril de 2021 al 31 de junio de 2021? (desglosadas por mes). 2. ¿Cuáles fueron los delitos denunciados por los partidos políticos en el estado que está bajo su jurisdicción en el periodo comprendido del 1 de abril de 2021 al 31 de junio de 2021, qué partidos políticos denunciaron, qué partidos políticos fueron denunciados y en qué municipio ocurrió el delito o fue denunciado? (desglosados por tipo de delito, mes de denuncia, denunciante y denunciado y municipio de ocurrencia o denuncia). Espero su respuesta. Atentamente, Juan Morfín de la Parra.Respuesta del día14/03/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000135 Mérida, Yucatán a 11 de marzo de 2024. C. Juan Morfín Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000135, de 29 de febrero del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 07 de marzo del año en curso y confirmada en la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información en virtud de que no encontró documento alguno que contenga dicha información con ese nivel de especificación, misma que fue requerida a la Dirección de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado de Yucatán. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DIL-D/015/2024 de 06 de marzo del año en curso, suscrito por la Directora de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado, el cual anexa el oficio 034/UIL/EDE/2024 de 05 de marzo de 2024, suscrito por la Unidad de Investigación y Litigación Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, así como la resolución de 07 de marzo del presente año y el Acta de la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000135