Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 07/03/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónBuen día. Solicito a su dependencia información estadística (de ser posible en formato editable .xlsx, .csv, .dbf o .dta) sobre el número de armas de fuego para uso oficial por parte de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, desagregada por: año, mes de adquisición, tipo de arma, calibre, modelo, marca y país de procedencia. Adicionalmente, solicito se privilegie la entrega de información a través de medios electrónicos, de acuerdo con el Criterio 3/13, que establece que deberá otorgarse acceso a las bases de datos, en el formato en el que obren en los archivos de los sujetos obligados, a fin de garantizar la libre explotación, manipulación y reutilización de la información que contienen. Respuesta del día01/04/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000148 Mérida, Yucatán a 20 de marzo de 2024. Ciudadano. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000148, de 08 de marzo del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 15 de marzo del año en curso y confirmada en la Décima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando tercero, se declara RESERVADA la información detallada en el antecedente a) de la presente resolución, relativa al número de armas de fuego para uso oficial por parte de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, desagregada por año, mes de adquisición, tipo de arma, calibre, modelo, marca y país de procedencia. TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DGICF/427/2024 de 11 de marzo de 2024, suscrito por la Dirección General del Instituto de Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 15 de marzo del presente año y el Acta de la Décima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000148