Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 07/03/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónBuen día, Solicito la siguiente información: - número de hombres y de mujeres encarceladas en Yucatán entre 2018 y 2023, por el delito de: falsificación, uso de moneda falsificada a sabiendas y alteración de moneda previstos en los artículos 234, 236 y 237 del Código Penal Federal.Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. - número de hombres y de mujeres encarceladas en Yucatán entre 2018 y 2023, por el delito de: Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 Bis, 84, 84 Bis, párrafo primero, 85 y 85 Bis, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. - número de hombres y de mujeres encarceladas en Yucatán entre 2018 y 2023, por el delito de: Tráfico de personas, previsto en el artículo 159 de la Ley de Migración; Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tiene capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 Bis; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204; ; Asalto, previsto en los artículos 286 y 287; Tráfico de menores o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, previsto en el artículo 366 Ter, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales o del Distrito Federal; Delitos en materia de trata de personas, previstos y sancionados en el Libro Primero, Título Segundo de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, excepto en el caso de los artículos 32, 33 y 34.Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. - número de hombres y de mujeres encarceladas en Yucatán entre 2018 y 2023, por el delito de: Los previstos en las fracciones I y II del artículo 8; así como las fracciones I, II y III del artículo 9, estas últimas en relación con el inciso d), y el último párrafo de dicho artículo, todas de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. - número de hombres y de mujeres encarceladas en Yucatán entre 2018 y 2023, por el delito de: Contra el Ambiente previsto en la fracción IV del artículo 420 del Código Penal Federal.Esto, en el marco del artículo 2o, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Busco que el número de personas encarceladas en cada rubro este dividido por mes, año entre 2018 y 2023, por hombres y mujeres encarceladas, edad, identidad de género de las/los/les encarcelados, y que sean presentados en un formato excel editable. Le agradezco de antemano.Respuesta del día13/03/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000150 Mérida, Yucatán a 11 de marzo de 2023 C. Daniela Valle. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000150, de 08 de marzo del año en curso, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución emitida el mismo día, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Se declara la Incompetencia Total respecto de la información pública solicitada mediante número de folio 310568624000150, conforme a los antecedentes y considerandos de la presente resolución. SEGUNDO.- Oriéntese a la particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública por internet, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Yucatán, a la que pertenecen los Centros de Reinserción Social del Estado de Yucatán, en la siguiente página denominada https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- Infórmesele a la peticionara que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. CUARTO.- Notifíquese a la solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se recomienda dirigir su solicitud al sujeto obligado “Secretaría General de Gobierno”, a la que pertenecen los Centros de Reinserción Social del Estado de Yucatán; por otro lado, se adjunta para su conocimiento la resolución emitida por la Unidad de Transparencia el día 08 de marzo del año en curso. Atendiendo a los puntos resolutivos tercero y cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000150