Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 19/03/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
Descripción del área encargada de verificar el cumplimiento de un acuerdo reparatorio diferido: 1. ¿Qué protocolo/actuar se usa en el caso que un acuerdo reparatorio diferido llegando a la fecha del cumplimiento, no se cumpla? ¿Cuántas veces se realizan llamadas telefónicas? ¿Se visita al imputado? ¿Cuántos días se le da de más para que cumpla? 2. ¿Cuál es el porcentaje de cumplimiento de los imputados del año 2023 de un acuerdo reparatorio diferido? 3. En el caso que el imputado incumpla con el acuerdo reparatorio diferido, ¿en cuanto tiempo se le da vista al ministerio publico para seguir con su investigación? 4. ¿su protocolo/actuar se encuentra en alguna ley? ¿en cual?Otros datosÓrgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal de la Fiscalía General del Estado de YucatánRespuesta del día04/04/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000163 Mérida, Yucatán a 02 de abril de 2024 C. Chucho Lugo Chale Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000163, de 20 de marzo del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 01 de abril del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por el área requerida, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjunta el siguiente oficio marcado con el número OEMASC/74/2024, de 26 de marzo del año en curso, suscrito por la Dirección del Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal de la Fiscalía General del Estado, así como la resolución de 01 de abril del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Margarita Elizabeth Suárez López En suplencia de la Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000163