Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 18/04/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónCuál es el número de denuncias por violencia política contra las mujeres en razón de género que se han recibido a partir de 2018 al primer trimestre de 2024 en la que la victima refiera algún tipo de agresión a través de redes sociales. Por favor clasificar las cifras por año, e incluir: el estado del proceso de la denuncia y el municipio en el que se llevaba el ejercicio electoral de la denuncia.Otros datosFiscalía especializada de delitos electoralesRespuesta del día06/05/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000201 Mérida, Yucatán a 25 de abril de 2024. C.Davidegoom Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000201, de 19 de abril del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 23 de abril del año en curso y confirmada en la Décima Tercera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información en virtud de que no se cuenta con ninguna denuncia con respecto a los años 2018 y 2019, misma que fue requerida a la Dirección de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado de Yucatán. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DIL-D/MER/030/2024 de 22 de abril del año en curso, suscrito por la Directora de Investigación y Litigación “D” de la Fiscalía General del Estado, el cual anexa el oficio 050/UIL/EDE/CMA/2024 de 22 de abril de 2024, suscrito por la Unidad de Investigación y Litigación Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, así como la resolución de 23 de abril del presente año y el Acta de la Décima Tercera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000201

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/05/2024Fecha solicitud término06/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo