Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 25/04/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónI. ¿Qué investigaciones se utilizan para determinar las causas, características y consecuencia de la violencia contra las mujeres? Con relación a lo establecido en el articulo 34 bis de la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. Se solicita una versión pública del documento. II. ¿Cuáles son las bases de coordinación entre las autoridades federales, locales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México? Atendiendo el Articulo 42, fracción IV de la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia III. ¿Cuáles son los convenios de colaboración con las entidades públicas para garantizar la efectiva protección de las mujeres y niñas? Respecto al artículo 48 fraccion II de la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. Se solicita una versión publica de los documentos, IV. ¿Cuáles son los alcances que tienes estos convenios? V. ¿Cómo es la interacción que se lleva a cabo mediante los convenios entre las entidades, autoridades y las fiscalías de cada estado y a nivel federación? Otros datosLa Secretaria de gobernacion con domicilio en Abraham González 48 Col. Juárez 06600 Ciudad de México, es competente para contestar a la solicitud debido a que en cada articulo mencionado, expresa la intervencion o competencia de la Secretaria para involucrarse en los temas a tratar, ademas de que en los artículos 34 bis, 42 fraccion IV, fraccion 48 fraccion II, se menciona la presencia de los estados de la federacion en las problematicas Respuesta del día10/05/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000216 Mérida, Yucatán a 09 de mayo de 2024 C. Mariana Vega Rubio Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000216, de 25 de abril del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 08 de mayo del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por el área requerida, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele a la peticionaria que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese a la solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjunta el oficio con número, CJM/DG/151/2024 de 02 de mayo de 2024, suscrito por la Directora del Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 08 de mayo del año en curso. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000216

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta10/05/2024Fecha solicitud término10/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo