Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 17/05/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónDe conformidad con los artículos 6o, 8o y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; con la fracción XIV del artículo 87 de la Constitución Política de Estado de Yucatán y con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, pacífica y respetuosamente solicito se me proporcione información y documentos, en su versión pública, relativa a los siguientes hechos: - El juzgado al cual fue remitida la carpeta de la denuncia presentada el 7 de febrero de 2018 contra un sacerdote de 42 años por el delito de abuso sexual contra una víctima de género masculino de 16 años de edad en el Seminario Menor. Otros datosLa FGE a través de la PNT informó sobre la denuncia presentada el 7 de febrero de 2018 contra un sacerdote de 42 años por el delito de abuso sexual contra una víctima de género masculino de 16 años de edad en el Seminario Menor. Respuesta del día04/06/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000247 Mérida, Yucatán a 27 de mayo de 2024. C. She tiger of the east. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000247, de 20 de mayo del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 23 de mayo del año en curso y confirmada en la Décima Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando tercero, se declara RESERVADA la información relativa a la carpeta detallada en el antecedente d) de la presente resolución. TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar a la solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DIL-A/MER/1440/2024, de 22 de mayo de 2024, suscrito por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 23 de mayo del presente año y el Acta de la Décima Séptima Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000247

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta de negativa por ser información reservadaTipo de respuestaCLASIFICADAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/06/2024Fecha solicitud término04/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo