Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

Descripción1. ¿A cuántas personas testigos de delito les otorgó medidas de protección, seguridad o resguardo la fiscalía de Zacatecas en el año 2022? 2. Refiriéndose a las personas mencionadas en la pregunta anterior: ¿Cuántas de ellas, además de ser testigos, contaban con estatus de víctima en la carpeta de investigación relevante? ¿Cuántas de ellas recibieron protección por ser testigos en una carpeta de investigación por el delito de homicidio doloso? 3. ¿Cuáles son las medidas que se otorgaron a las personas testigos de delito en 2022? Se puede contestar utilizando la lista de medidas de protección, seguridad y resguardo contenida en el artículo 7 de la Ley para la Protección de las Personas que intervienen en el Proceso Penal del Estado de Yucatán, indicando, por cada fracción, cuántas veces se dictó la medida mencionada a favor de una persona testigo de delito. 4. ¿Cuántas personas testigos de delito se encuentran actualmente recibiendo medidas de protección, seguridad o resguardo por parte de la Fiscalía de Yucatán? 5. Conforme a la ley antes mencionada, cuando se solicita medidas de protección para una persona, el personal de la Fiscalía deberá realizar un estudio técnico. ¿Cuántos estudios técnicos se realizaron en 2022? 6. Conforme a la misma ley, en caso de que se otorguen las medidas de protección, la Fiscalía General del Estado deberá celebrar un convenio con la persona protegida ¿Cuántos de estos convenios se suscribieron en 2022? Otros datoshttps://www.congresoyucatan.gob.mx/storage/legislacion/leyes/7fe3fae0fa7089e05780f3e0eff8adc2_2023-07-31.pdfRespuesta del día13/06/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000255 Mérida, Yucatán a 07 de junio de 2024 C. David González. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000255, de 29 de mayo del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 06 de junio del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, los documentos en versión electrónica con la información proporcionada por las áreas requeridas, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjuntan los siguientes oficios marcados con los números FGE/DIL-A/MER/1533/2024 y FGE/REG/1614/2024, de 03 y 06 de junio del año en curso, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida y la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales, se proporcionó la información requerida, así como la resolución de 06 de junio del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000255

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta13/06/2024Fecha solicitud término13/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo