Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 22/06/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónDe conformidad con los artículos 6o, 8o y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; con la fracción XIV del artículo 87 de la Constitución Política de Estado de Yucatán y con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, pacífica y respetuosamente solicito se me proporcione información y documentos, en su versión pública, relativa a los siguientes hechos: - La carpeta administrativa 54/2022, localizada en el Segundo Juzgado de Control del Primer Distrito Judicial, relativa al delito de abuso sexual y a la que el día 10 de octubre de 2023 se le concedió la suspensión condicional del proceso por el término de seis meses. Se solicita las copia, en su versión pública, de los documentos de suspensión condicional, así como información de la carpeta administrativa desglosada por: fecha y municipio en que fue presentada la denuncia del delito, género y edad de la víctima, género y edad de la persona señalada como presunta responsable. Respuesta del día26/06/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000296 Mérida, Yucatán a 26 de junio de 2024 C. She Tiger of the East. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000296, de 24 de junio del año en curso, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución emitida el día 25 de junio de 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Oriéntese a la particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública por internet, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, en la página https://www.plataformadetransparencia.org.mx/, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele a la peticionaria que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese a la solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se recomienda dirigir su solicitud al sujeto obligado “Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán”. Se adjunta la resolución emitida el 25 de junio del año en curso, por la Unidad de Transparencia. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000296

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaLa solicitud corrresponde a otro sujeto obligado (3 días)Tipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta08/07/2024Fecha solicitud término26/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo