Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 10/07/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónEn los últimos 10 años, considerando hasta el día de la recepción de esta solicitud de transparencia: 1. ¿Cuántas mujeres han sido denunciadas o procesadas por interrumpir el embarazo? • Proporcione un desglose anual del número de mujeres denunciadas y procesadas por este motivo. Indique cualquier variación en la tendencia de estos casos a lo largo del tiempo. • ¿Cuál es el delito del que se les acusa? 2. Proporcione una lista de los delitos específicos imputados a las mujeres en estos casos, junto con una descripción breve de cada delito. • Incluya el número de casos asociados a cada tipo de delito. • ¿Cuántos años se les imputan? 3. Proporcione información sobre las penas impuestas en cada caso, especificando la duración de las sentencias. • Indique si hubo casos donde las sentencias fueron reducidas, suspendidas o conmutadas, y bajo qué condiciones. • De las mujeres que han sido denunciadas o procesadas por interrumpir el embarazo: 4. ¿Cuántas se identifican como mayas o pertenecientes a pueblos originarios? Proporcione datos desglosados por año y por pueblo originario, si es posible. • ¿Cuántas se identifican como parte de la comunidad LGBT+? Proporcione datos desglosados por año. • ¿Cuántas se consideran de escasos recursos? Proporcione datos desglosados por año e incluya cualquier criterio utilizado para determinar la condición de escasos recursos.Respuesta del día16/07/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000320 Mérida, Yucatán a 16 de julio de 2024 C. Patricia Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000320, de 10 de julio del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 15 de julio del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, los documentos en versión electrónica con la información proporcionada por las áreas requeridas, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele a la peticionaria que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese a la solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjuntan los siguientes oficios marcados con los números FGE/DIL-A/MER/1926/2024, FGE/REG/1952/2024, FGE/REG/1953/2024, y FGE/DILB/1870-2024, de 11 y 12 de julio del año en curso, respectivamente, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida, a Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales, la Dirección de Investigación y Litigación “B” en Unidades Regionales y la Dirección de Investigación y Litigación “B” Mérida, así como la resolución de 15 de julio del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Margarita Elizabeth Suárez López En suplencia de la Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000320