Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 26/08/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónCon fundamento en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tengo a bien solicitar me sea proporcionada la siguiente información: a. Informe donde conste la cantidad numérica, por entidad federativa, de actas circunstanciadas, averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por los delitos en materia de trata de personas, señalando a su vez el estatus (iniciada, en trámite o concluida) que guarda a la fecha de la recepción de la presente solicitud, los artículos que sirvieron como fundamento para el inicio de dicha investigación. b. Aunado al punto anterior, informe detallado de los datos generales de quienes fueren víctima y victimario en cada una de las carpetas (género, edad, entidad federativa de procedencia, pertenencia a un grupo social vulnerable). Ambos informes solicito correspondan al periodo comprendido de 2012 a 2024.Respuesta del día09/09/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000383 Mérida, Yucatán a 09 de septiembre de 2024. ¿ C. DELJU Presente.- ¿ Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000383, de 26 de agosto del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 05 de septiembre del año en curso y confirmada en la Vigésima Sexta Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. ¿ TERCERO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando cuarto, se confirma la inexistencia de la información requerida a Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, respecto a la cantidad numérica de actas circunstanciadas, averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por los delitos en materia de trata de personas, en el periodo comprendido del año 2012 al 2017. CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DIL-A/MER/2433/2024 de 02 de septiembre del año en curso, suscrito por el Director de Investigación y Litigación “A” Mérida de la Fiscalía General del Estado, así como la resolución de 05 de septiembre del presente año y el Acta de la Vigésima Sexta Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000383