Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSolicito conocer el número de DENUNCIAS, ACTAS DE INVESTIGACIÓN, ACTAS CIRCUNSTANCIADAS, DENUNCIAS DE HECHOS Y EQUIVALENTES de VIOLENCIA POR PARENTESCO en las que la víctima haya sido una MUJER que han ocurrido en esta Entidad Federativa del 31 de JULIO de 2019 al 31 de AGOSTO de 2024. Solicito que esta información, en caso de existir, sea desagregada por 1. Fecha en el que se interpuso la denuncia, es decir, el día, el mes y el año. 2. Municipio en el que ocurrieron los hechos. 3.Edad de la víctima. 4. Sexo de la persona denunciada como probable responsable de cometer los hechos de VIOLENCIA POR PARENTESCO. 5. Relación de parentesco entre la víctima y el posible responsable de cometer el delito, es decir, si se trataba de un concubino, esposo, padre, hijo, vecino, desconocido, jefe, etc. 6. Si se ha solicitado ante la autoridad judicial una orden de aprehensión para el presunto responsable. 7. Si se ha ejecutado una orden de aprehensión para el presunto responsable. 8. Si se ha iniciado un proceso penal por el delito, si este ya finalizó y cuál fue la conclusión del mismo, es decir, si se emitió una sentencia condenatoria o absolutoria. En caso de que esta información se encuentre en formato .xlsx (excel), solicito que se remitida en dicho formato.Respuesta del día04/10/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000409 Mérida, Yucatán a 03 de octubre de 2024 C. Efraín Tzuc Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000409, de 04 de septiembre del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 02 de octubre del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, los documentos en versión electrónica con la información proporcionada por el área requerida, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjuntan los siguientes oficios marcados con los números FGE-DILB/2379-2024 y FGE/DTI/659/2024, de 10 y 20, respetivamente, ambos de septiembre del año en curso, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “B” Mérida y la Dirección de Tecnologías de la Información, así como la resolución de 02 de octubre del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del Estado Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000409