Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 07/09/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSolicito conocer el número de DENUNCIAS, ACTAS DE INVESTIGACIÓN, ACTAS CIRCUNSTANCIADAS, DENUNCIAS DE HECHOS Y EQUIVALENTES por los delitos de Violencia laboral contra las mujeres, Violencia Institucional, Violencia por parentesco, Violencia obstétrica en las que la víctima haya sido UNA MUJER que han ocurrido en esta Entidad Federativa del 1 de enero de 2008 al 31 de AGOSTO de 2024. Solicito que esta información, en caso de existir, sea desagregada por 1. Fecha en el que se interpuso la denuncia, es decir, el día, el mes y el año. 2. Municipio en el que ocurrieron los hechos. 3.Edad de la víctima. 4. Sexo de la persona denunciada como probable responsable de cometer los hechos. 5. Relación de parentesco entre la víctima y el posible responsable de cometer los hechos es decir, si se trataba de un concubino, esposo, padre, hijo, vecino, desconocido, jefe, etc. 6. Si se ha solicitado ante la autoridad judicial una orden de aprehensión para el presunto responsable. 7. Si se ha ejecutado una orden de aprehensión para el presunto responsable. 8. Si se ha iniciado un proceso penal por el delito, si este ya finalizó y cuál fue la conclusión del mismo, es decir, si se emitió una sentencia condenatoria o absolutoria. En caso de que esta información se encuentre en formato .xlsx (excel), solicito que se remitida en dicho formato.Respuesta del día24/09/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000421 Mérida, Yucatán a 23 de septiembre de 2024 C. Efraín Tzuc Presente.- ¿Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000421, de 09 de septiembre del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 20 de septiembre del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, los documentos en versión electrónica con la información proporcionada por las áreas requeridas, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. ¿ TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjuntan los siguientes oficios marcados con los números FGE/DILB/2421-2024 y FGE/DIL-A/MER/2552/2024, de 17 y 19, respectivamente, ambos del propio mes y año en curso, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “B” Mérida y la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida, así como la resolución de 20 de septiembre del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000421