Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 07/09/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónSolicito conocer el número de casos tramitados, revisados, atendidos, determinados y/o solicitados para que el delito de aborto no sea sancionado de acuerdo con el Artículo 393 del Código Penal del estado de Yucatán del 1 de enero de 2008 al 1 de AGOSTO de 2024. Solicito se desagregue la información por 1. Número de averiguación previa y/o carpeta de investigación, 2. Fecha (día, mes y año) en el que ocurrió el hecho, 3. Sexo de la persona denunciada y que su caso fue valorado para no ser sancionable, 4. Edad de la persona denunciada y que su caso fue valorado para no ser sancionable, 5. Municipio en el que ocurrieron los hechos, 6. Evidencia documental de la solicitud y/o trámite de que el delito de aborto no sea sancionado de acuerdo con el Artículo 393 del Código Penal del estado de Yucatán, 7. Motivo o fracción del artículo citado bajo el cual se solicitó y/o tramitó que el delito de aborto no sea sancionado de acuerdo con el Artículo 393 del Código Penal del estado de Yucatán. En caso de que esta información se encuentre en formato .xlsx (excel), solicito que se remitida en dicho formato.Respuesta del día24/09/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000432 Mérida, Yucatán a 24 de septiembre de 2024. C. Efraín Tzuc Presente. - Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000432, de 09 de septiembre del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 20 de septiembre del año en curso y confirmada en la Vigésima Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO. - Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO. - De conformidad con los argumentos precisados en el considerando tercero, se confirma la inexistencia de la información respecto a casos tramitados, revisados, atendidos, determinados y/o solicitados para que el delito de aborto no sea sancionado de acuerdo con el artículo 393 del Código Penal del estado de Yucatán, en los términos peticionados, requeridos a la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida y a la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales de la Fiscalía General del Estado de Yucatán. TERCERO. - Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjuntan los oficios marcado con los números FGE/DIL-A/MER/2556/2024 y FGE/REG/2714/2024, de fechas 12 y 19 de septiembre del año en curso, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida y la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 20 de septiembre del presente año y el Acta de la Vigésima Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado. Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000432

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInexistencia de la información solicitadaTipo de respuestaINEXISTENTEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/09/2024Fecha solicitud término24/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo