Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 24/09/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónDe conformidad con los artículos 6o, 8o y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; con la fracción XIV del artículo 87 de la Constitución Política de Estado de Yucatán y con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, pacífica y respetuosamente solicito se me proporcione información, en su versión pública, relativa a los siguientes hechos: -Apoyos, acompañamientos, asesorías o pagos se efectuaron para gastos funerarios de mujeres víctimas de feminicidio, según las reglas del Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de orfandad por feminicidio, durante el 1 de enero de 2018 hasta el 1 de septiembre de 2024. De lo anterior solicito que se me respondan las siguientes preguntas: 1) Detallar de forma mensual en cada uno de los años antes mencionados cuántos apoyos, acompañamientos, asesorías o pagos se efectuaron para gastos funerarios de mujeres víctimas de feminicidio, precisar por tipo de apoyo que brindaron a cada caso y municipio en el que ocurrió cada caso, para cumplir con las reglas del Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes. 2) Precisar el número de víctimas a las que se les pagaron sus gastos funerarios, municipio en el que se realizó el funeral o se entregó el apoyo, el monto que recibió cada caso, fuente de financiamiento de la que se obtuvo el pago de gastos funerarios, nombre de la autoridad o responsable del pago de cada gasto funerario, a cuántas víctimas no se les pagaron sus gastos funerarios, municipio en el que no se realizó ningún pago, la causa o motivo por el que no se cubrieron sus gastos funerarios, precisar en el caso de los que no se pagaron gastos funerarios sí recibieron otro tipo de apoyo de cada caso, detallar el tipo de apoyo que se brindó en cada caso. 3) Detallar de forma mensual en cada uno de los años antes mencionados en cuántos casos podía aplicarse el pago de gastos funerarios y cuántos no se les aplicó a las madres víctimas de homicidio o de feminicidio, según las reglas del Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes. 3) Detallar de forma mensual en cada uno de los años antes mencionados cuántos hijos o hijas tuvo cada madre víctima de feminicidio, sexo de cada menor, edad de cada menor, municipio en el que reside o se halla cada menor.Respuesta del día11/10/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000476 Mérida, Yucatán a 10 de octubre de 2024 C. Tigresita del Oriente Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000476, recibida el día 24 de septiembre de 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 09 de octubre del año en curso, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, el documento en versión electrónica con la información proporcionada por las áreas requeridas, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele a la peticionaria que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. TERCERO.- Notifíquese a la solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjunta los oficios números FGE-DIL-A-MER/2764/2024 y FGE/REG/2839/2024 de 02 y 07 de octubre del presente año, respectivamente, suscritos por la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida y la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales, pertenecientes a la Fiscalía General del Estado de Yucatán, mediante los cuales dan respuesta a su solicitud, así como la resolución de 09 de octubre del presente año. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado. Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000476