Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)

Solicitud del día 25/09/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónSOLICITÓ LO SIGUIENTE: Por el ciudadano JESUS ANTONIO ALONZO TORRES, informe: a) Las áreas y/o departamentos y/o agencias investigadoras a las que estuvo adscrito en esta Fiscalía General del Estado. b) La temporalidad en los cuales laboró en cada uno de ellos, así como el puesto o cargo que ocupó en dichas áreas y/o departamentos y/o agencias investigadoras. c) Fecha en la cual comenzó a laborar y/o prestar sus servicios en esta Fiscalía General del Estado. d) Y finalmente, solicito sea anexando las constancias conducentes que lo acrediten. FUNDAMENTO: Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 4, 5, 6, 7, 11, 12, 13, 15, 16, 21 y demás aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 4, 5, 6 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. Respuesta del día11/10/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta Ciudadana del Folio 310568624000484 Mérida, Yucatán a 09 de octubre de 2024. C. Anónimo Anónimo Anónimo Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000484, de 25 de septiembre del 2024, me permito hacerle de su conocimiento que en la resolución de 07 de octubre del año en curso y confirmada en la Trigésima Primera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, con motivo de lo establecido en los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- Se declara como información RESERVADA la información relativa al ciudadano Jesus Emmanuel Rodriguez Puerto, las áreas y/o departamentos y/o agencias investigadoras a las que ha estado adscrito en esta Fiscalía General del Estado y los periodos en los cuales laboró en cada uno de ellos, así como el puesto o cargo que ocupó en dichas áreas y/o departamentos y/o agencias investigadoras. TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio marcado con el número FGE/DA/DPE/078-2024, de 30 de septiembre de 2024, suscrito por la Dirección de Administración de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, así como la resolución de 07 de octubre del presente año y el Acta de la Trigésima Primera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, celebrada el día de hoy. Atendiendo al punto resolutivo tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado. AMCC/Ema/Rcp Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000484

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaRespuesta de negativa por ser información reservadaTipo de respuestaCLASIFICADAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta14/10/2024Fecha solicitud término11/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo