Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC)
Solicitud del día 14/10/2024 a la dependencia Yucatán - Fiscalia General Del Estado De Yucatan - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónA quien corresponda. Me dirijo a ustedes en mi calidad de ciudadano interesado en la protección de los derechos humanos de la comunidad LGBTIQ+. Con fundamento en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicito la siguiente información: ¿Existen unidades o coordinaciones especializadas en su Fiscalía que se enfoquen en la atención y prevención de delitos contra la comunidad LGBTIQ+? En caso afirmativo, solicito detalles sobre la estructura, objetivos y funciones de dichas unidades o coordinaciones. Si no existen, ¿hay planes o iniciativas en curso para establecer tales unidades o coordinaciones en el futuro? Solicito copias de documentos o comunicados que se refieran a la creación, funcionamiento o planes de las unidades o coordinaciones LGBTIQ+ en la fiscalía. Solicito estadísticas de los últimos tres años sobre delitos cometidos contra la comunidad LGBTIQ+, incluyendo el número de carpetas de investigación abiertas, tipos de delitos, y resultados obtenidos. Solicito estadísticas específicas sobre la población trans y transfeminicidios en los últimos tres años, incluyendo el número de casos reportados, carpetas de investigación abiertas y cualquier información relevante sobre la atención a estas víctimas.Respuesta del día28/10/2024Texto de respuestaAsunto: Respuesta al Folio 310568624000502 Mérida, Yucatán a 28 de octubre de 2024 Ciudadano Presente.- ¿Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310568624000502, de 14 de octubre del año 2024, me permito hacerle de su conocimiento que mediante resolución de 25 de octubre del año 2024, la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado, determinó lo siguiente: “PRIMERO.- Poner a disposición de quien solicita la información a través del Sistema PNT, los documentos en versión electrónica con la información proporcionada por las áreas requeridas, de conformidad con el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Infórmesele al peticionario que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables. ¿ TERCERO.- Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución.” En tal virtud, cumpliendo con el punto resolutivo primero, se adjuntan los siguientes oficios marcados con los números 090/PREVDEL/2024, FGE/DIL-A-MER/3016/2024, FGE/REG/3051/2024 y FGE/REG/3052/2024, de 16, 22, 23 y 24 de octubre del año en curso, suscritos por la Dirección de Prevención del Delito, la Dirección de Investigación y Litigación “A” Mérida, la Dirección de Investigación y Litigación “A” en Unidades Regionales, la Dirección de Investigación y Litigación “B” en Unidades Regionales y la Dirección de Investigación y Litigación “B” Mérida, así como la resolución de 25 de octubre del año 2024. Atendiendo a los puntos resolutivos segundo y tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente: ¿ Licda. Ana María Castro Cen Titular de la Unidad de Transparencia Fiscalía General del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310568624000502