Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 20/08/2024 a la dependencia Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónQue exprese el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán y el Consejo de la judicatura del Estado de Yucatán, que sí entre sus archivos desde 1987 a la fecha existe un Juicio Extraordinario Hipotecario promovido en contra de la ciudadana DIANA EUTIQUIA MARFIL MARFIL también conocida como DIANA MARÍA MARFIL MARFIL DE PERERA. En caso positivo, por favor, señalar el número de expediente, el juzgado en el que se encuentra y el nombre de la parte actora. En caso de ser negativo, expresar que no existen en sus registros un juicio extraordinario hipotecario en contra de la ciudadana DIANA EUTIQUIA MARFIL MARFIL también conocida como DIANA MARÍA MARFIL MARFIL DE PERERA.Respuesta del día03/09/2024Texto de respuestaC. Yussif Emmanuel Aguilar Gamboa. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310573424000235, de 20 de agosto de 2024, me permito hacer de su conocimiento que mediante resolución de fecha 02 de septiembre del año en curso se determinó lo siguiente: PRIMERO. Póngase a disposición del solicitante la respuesta emitida por el Jefe del Departamento de Servicios y Redes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, mediante oficio SR/10C.02.01/482/2024 de 22 de agosto de 2024. SEGUNDO. Para mayor aclaración respecto a la presente resolución se le orienta al ciudadano si es su voluntad se comunique a la presente Unidad en los horarios de atención al público de lunes a viernes de 8 am a 15 horas al teléfono 9 30 06 50 Ext.3022, o al correo Institucional transparencia@pjyucatan.gob.mx. TERCERO. Hágasele saber al interesado que de considerarlo conveniente puede interponer el Recurso de Revisión en contra de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. CUARTO. Notifíquese el sentido de esta resolución por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia y al correo electrónico proporcionado por el solicitante. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta la resolución de 02 de septiembre del 2024, emitida por el la Unidad de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán y la respuesta emitida por el Jefe del Departamento de Servicios y Redes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, mediante oficio SR/10C.02.01/482/2024, de 22 de agosto de 2024. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Enna del Socorro Amaya Martínez Encargada de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573424000235