Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 18/09/2024 a la dependencia Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónEn relación a la respuesta remitida con motivo de la solicitud marcada con el folio 310573424000230, solicito del listado remitido en los oficios 8157/2024 y 8423, de los juzgados primero y segundo de control del primer distrito judicial, la siguiente información: El nombre completo de cada uno de los jueces de control, que registró, inició, conoció o concluyó cada uno de los procesos listados en dicha respuesta.Respuesta del día21/10/2024Texto de respuestaC. Marco Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310573424000261, de 18 de septiembre de 2024, me permito hacer de su conocimiento que mediante resolución de fecha 16 de octubre del año en curso se determinó lo siguiente: Primero. Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. Segundo. De conformidad con los argumentos precisados en los considerandos segundo y tercero, se confirma la declaración de RESERVA realizada por los administradores de los Juzgados Primero y Segundo de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, respecto a la información descrita en el inciso c) de la presente resolución. Tercero. Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Cuarto. Cúmplase. Así lo resolvió y firma el Comité de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, con fundamento en los numerales 54, 55 y 56 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjuntan los oficios 9253/2024 y 9267/2024, ambos de 11 de octubre de 2024, firmados por los Administradores de los Juzgados Primero y Segundo de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, así como la resolución de 16 de octubre del 2024, emitida por el Comité de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. Atendiendo al punto resolutivo tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Enna del Socorro Amaya Martínez Encargada de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573424000261