Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 19/09/2024 a la dependencia Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónEstimados Por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, me dirijo a ustedes respetuosamente para solicitar el acceso a la siguiente información: 1. Padrón de abogados registrados en el Estado de Yucatan. Solicito que la información mencionada sea proporcionada en formato, y que se incluya la siguiente información, en caso de estar disponible: • Nombre completo del abogado. • Número de cédula profesional. • Fecha de registro. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de su respuesta.Respuesta del día04/10/2024Texto de respuestaC. Alexis Román González Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310573424000266, de 19 de septiembre de 2024, me permito hacer de su conocimiento que mediante resolución de fecha 04 de octubre del año en curso se determinó lo siguiente: PRIMERO.- Este Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver el presente asunto, de conformidad con los preceptos legales citados en el considerando primero de la presente resolución. SEGUNDO.- De conformidad con los argumentos precisados en el considerando tercero, se confirma la declaración de CONFIDENCIALIDAD realizada por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, respecto a la información descrita en el inciso c) de la presente resolución. TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar al solicitante la presente resolución, informándole que ésta podrá ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables, con fundamento en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. CUARTO.- Cúmplase. Así lo resolvió y firma el Comité de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, con fundamento en los numerales 54, 55 y 56 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta el oficio 3835, de 30 de septiembre de 2024, firmado por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, así como la resolución de 04 de octubre del 2024, emitida por el Comité de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. Atendiendo al punto resolutivo tercero, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Enna del Socorro Amaya Martínez Encargada de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573424000266

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaRespuesta de negativa por ser información confidencialTipo de respuestaCLASIFICADAMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta04/10/2024Fecha solicitud término04/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Judicial