Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 11/10/2024 a la dependencia Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónÚNICO: INFORMAR SI EN SUS ARCHIVOS O DE LAS DIRECCIONES, UNIDADES U ÓRGANOS TÉCNICOS A SU DIGNO CARGO, SE CUENTAN CON REGISTROS DE FALTAS TEMPORALES O AUSENCIAS, CON O SIN AVISO PREVIO, DE LA JUEZ DE PAZ DEL MUNICIPIO DE TELCHAC PUEBLO, YUCATÁN, EN EL PERIODO DEL 1 AL 30 DE MAYO DEL AÑO 2023 DOS MIL VEINTITRÉS, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 104 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, Y EN CASO AFIRMATIVO, INFORMAR LA FECHA DE LA FALTA TEMPORAL O AUSENCIA RELATIVA A DICHO PERIODO.Respuesta del día18/10/2024Texto de respuestaC. Julio Enrique Canul de la Cruz Canul. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310573424000285, de 14 de octubre de 2024, me permito hacer de su conocimiento que mediante resolución de fecha 17 de octubre del año en curso se determinó lo siguiente: PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en los considerandos segundo y tercero se declara la INCOMPETENCIA TOTAL de la presente resolución. SEGUNDO.- Oriéntese al particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia de Telchac Pueblo, en la siguiente página https://www.plataformadetransparencia.org.mx, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- Hágasele saber al interesado que de considerarlo conveniente puede interponer el Recurso de Revisión en contra de la presente de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. CUARTO.- Notifíquese el sentido de esta resolución por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta la resolución de 17 de octubre del 2024, emitida por la Unidad de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Enna del Socorro Amaya Martínez. Encargada de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Consejo de la Judicatura del Pod Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573424000285