Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 14/10/2024 a la dependencia Yucatán - Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónSolicito los nombramientos de todos los Subconsejeros y Directores que perteneces a la dependencia. Solicito en version digital los titulos y cedulas de su último grado de esudios. para la defensoria publica solicito los siguientes documentos que acrediten para ocupar el cargo de defensor publico. (ley de densoria del estdo de yucatan) Artículo 16.- El Defensor General deberá reunir para su designación, los requisitos: III. Acreditar experiencia de tres años en la práctica procesal de alguna rama del derecho; IV. Poseer, al día de la designación, título y cédula profesional de abogado o licenciado en derecho, expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello con antigüedad mínima de cinco años, computada al día de su designación; V. Gozar de buena reputación, prestigio profesional y no haber sido condenado por delito doloso que amerite sanción privativa de libertad; VI. No estar inhabilitado por resolución firme para el desempeño de funciones públicas en algún orden de gobierno, y VII. Acreditar conocimientos y habilidades en el sistema penal acusatorio. director de registro civil: (codigo del registro civil)Artículo 7.- Para ser Director del Registro Civil se requiere: Ser ciudadano mexicano por nacimiento; mayor de edad legal; estar en pleno goce de sus derechos cívicos; ser Abogado o Licenciado en Derecho. todos los documentos los requiero en digita, por medio de la PNT. Respuesta del día17/10/2024Texto de respuestaC. Javier López. Presente.- Por medio del presente y en atención a su solicitud marcada con el folio número 310573424000286, de 14 de octubre de 2024, me permito hacer de su conocimiento que mediante resolución de fecha 16 de octubre del año en curso se determinó lo siguiente: PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en los considerandos segundo y tercero se declara la INCOMPETENCIA TOTAL de la presente resolución. SEGUNDO.- Oriéntese al particular a tramitar su solicitud de acceso a información pública, seleccionando como Sujeto Obligado Competente a la Unidad de Transparencia de la Consejería Jurídica, en la siguiente página https://www.plataformadetransparencia.org.mx, de conformidad con el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO.- Hágasele saber al interesado que de considerarlo conveniente puede interponer el Recurso de Revisión en contra de la presente de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán. CUARTO.- Notifíquese el sentido de esta resolución por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia. En tal virtud, y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta la resolución de 16 de octubre del 2024, emitida por la Unidad de Transparencia del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. Atendiendo al punto resolutivo cuarto, sírvase el presente como vía de notificación para los alcances legales establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. A t e n t a m e n t e Licda. Enna del Socorro Amaya Martínez. Encargada de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573424000286

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaLa solicitud corrresponde a otro sujeto obligado (3 días)Tipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta28/10/2024Fecha solicitud término17/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Judicial