Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 26/12/2023 a la dependencia Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

Descripción1. Desde el el 26 de febrero 2016 cuantas y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y porque delitos se han impuesto estas medidas a mujeres víctimas? 2. Desde el el 26 de febrero 2016 por los delitos de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación y violencia familiar de víctimas mujeres ¿cuantas y y que tipo de medidas de protección de conformidad con el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales? 3. Desde el el 26 de febrero 2016 con cuantas denuncias de mujeres víctimas (desagregadas por año y delito) por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación, feminicidio, violencia familiar. 4. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas sentencias condenatorias o absolutorias se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 5. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas ordenes de aprehensión autorizadas por juez de control se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 6. Desde la entrada del sistema acusatorio con cuantas reparaciones del daño se cuentan por los siguientes delitos a mujeres víctimas: desaparición forzada, desaparición cometida por particulares, hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación feminicidio, violencia familiar. 7. Desde 1980 a la fecha por año, (desagregadas por fechas) cuantas medidas de protección de naturaleza jurisdiccional de conformidad con el artículo 34 quarter de la Ley General de Acceso a Vivir una Vida libre de Violencia y por que tipo de delitos han sido impuestos en los casos de mujeres víctimas. 8. ¿Cuantos ministerios públicos cuenta la fiscalía o unidad especializada en género por los delitos de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación, feminicidio, violencia familiar? 9. ¿Cuentan con alguna capacitación los ministerios públicos y policía de investigación en perspectiva de género, de ser afirmativa cuales, cuando y que tipo de capacitación? 10. ¿Cuentan con alguna capacitación los jueces de control y tribunales de enjuiciamiento en perspectiva de género, de ser afirmativa cuales, cuando y que tipo de capacitación?Respuesta del día04/01/2024Texto de respuestaLa información requerida pudiera contenerse dentro de los registros administrativos de la Fiscalía General del Estado que resulta ser un organismo autónomo, quien tiene por objeto dirigir la investigación de los hechos que la ley señale como delitos; ejercitar la acción penal ante los tribunales; ahora bien, de la misma manera la información pudiera encontrarse en los registros administrativos de los Juzgados de Primera Instancia, que dependen del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, en virtud de que a través del juez penal conocerá de todos los asuntos que le sean remitidos por el Ministerio Público llevando todo el proceso hasta el dictado de la sentencia e inclusive su ejecución, por lo tanto compete a las Unidades de Transparencia de la Fiscalía General del Estado y a la del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, tal y como se desprende de los artículos 82 y 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán y 81 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán. Con fundamento en los artículos 4, 59, 79 y 80 último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, así como el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y al encontrarse ante una NOTORIA INCOMPETENCIA por parte de este sujeto obligado, le orientamos a tramitar su solicitud de acceso a la información pública ante las UNIDADES DE TRANSPARENCIA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO Y LA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, por internet, en la página http://www.plataformadetransparencia.org.mx seleccionando a la FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO y CONSEJO DE LA JUDICATURA, como los Sujetos Obligados Competentes resultando que pudiera encontrarse la información requerida que dirigió a este sujeto obligado en poder de los órganos jurisdiccionales de primera instancia, que no dependen de este Tribunal, sino que se encuentran dentro del ámbito del CONSEJO DE LA JUDICATURA, quien resulta ser un sujeto obligado distinto de conformidad con la ley esttal de transparencia. (Ver anexo).Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573824000003

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta18/01/2024Fecha solicitud término04/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Judicial