Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 15/04/2024 a la dependencia Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónSe solicita respetuosamente al Poder Judicial de la entidad información de los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y lo que ha trascurrido del este 2024 a la fecha de esta solicitud, con precisión en los siguientes puntos: 1. A nivel estatal ¿Cuántos procesos penales se iniciaron en contra de personas de entre 12 y 18 años de edad (al momento de cometido el hecho atribuido)? De estos, clasificarlos por año y por tipo de delito. (VrGr. Año 2020. Total 120. Robo: 10, Homicidio, 10, lesiones 10… etc.) 2. ¿Cuántas soluciones alternas consistentes en Suspensión Condicional del proceso fueron gestionadas? De ellas ¿En cuántas se planteó un Plan de Reparación del daño que abarque la reparación del daño en dinero? ¿Cuántas de estas causas culminaron por haberse cumplido con las condiciones de la suspensión? 3. ¿Cuántas soluciones alternas consistentes en Acuerdo reparatorio fueron gestionadas? De ellas ¿En cuántas se planteó un Plan de Reparación del daño que abarque la reparación del daño en dinero? ¿Cuántas de estas causas culminaron por haberse cumplido con las condiciones del Acuerdo? 4. ¿Cuántas causas penales ha seguido la tramitación del Procedimiento Abreviado? En caso de que su respuesta sea “cero” se le pide a la autoridad establecer la razón. Otros datosSolo en el Sistema Intergral de Justicia Penal para Adolescentes por favorRespuesta del día16/04/2024Texto de respuestaPóngase a disposición de la parte interesada sin costo a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, un archivo electrónico consistente en el oficio número SEJPA-TSJY-46/2024 del índice de la Sala Unitaria de Justicia Penal para Adolescentes y en base a su contenido oriéntese a la parte interesada a tramitar su solicitud de acceso a la información pública ante la UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, por Internet, en la página http://www.plataformadetransparencia.org.mx/ seleccionando al referido consejo, de conformidad con las consideraciones de la presente resolución, en virtud de que los Juzgados de Primera instancia -Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes- conocen de todos los asuntos de la materia que las leyes le confieran competencia, desde el inicio hasta el dictado de la sentencia, dependen del Consejo de la Judicatura, quien determinará el número de juzgados de primera instancia, así como su ubicación y la materia o materias de las que deban conocer, siendo que de acuerdo con la ley de transparencia local resulta ser un sujeto obligado distinto a este Tribunal , y este órgano conoce únicamente de los medios de defensa señalados en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán contra los actos y resoluciones de Primera Instancia Especializados en la materia y el referido Consejo conoce del cien por ciento, en su caso, de los asuntos en los que se plantea alguna controversia. (Ver anexo).Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573824000065