Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 29/04/2024 a la dependencia Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónSolicito atentamente los expedientes 00120/2017 y 483/2017 relativos a dos expedientes iniciados por la suscrita solicitante que extravié y ahora requiero. En caso de que no sea procedente por esta vía la entrega de los expedientes, solicito se me indique la vía para adquirir copias simples.Respuesta del día06/05/2024Texto de respuestaVISTOS: De conformidad con la solicitud de información pública realizada por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia, con fecha 29 de abril de 2024 a las 16:02 horas, el Departamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Estadística del Tribunal Superior de Justicia, recibió la solicitud de acceso a la información pública marcada con el folio 310573824000079, la cual consistió en: “Solicito atentamente los expedientes 00120/2017 y 483/2017 relativos a dos expedientes iniciados por la suscrita solicitante que extravié y ahora requiero. En caso de que no sea procedente por esta vía la entrega de los expedientes, solicito se me indique la vía para adquirir copias simples.” (sic). Toda vez que no señaló el órgano jurisdiccional en que se radicaron los expedientes de interés de la parte interesada, en consecuencia, para estar en condiciones de dar trámite correspondiente y otorgar la eventual respuesta a su solicitud; se le requiere para que en el plazo de DIEZ días hábiles contados a partir de la fecha de notificado este acuerdo, aclare y precise lo solicitado, es decir señale el juzgado o en su defecto la Sala del Tribunal Superior de Justicia en donde se tramitaron los referidos expedientes, toda vez que este Tribunal Superior de Justicia existen cinco Salas y cada una posee su propio índice de expedientes. Lo anterior con la finalidad de cumplir con la disposición contenida en el Artículo 128 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; de la misma manera se le informa que el presente requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta establecido en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo; para el caso que no se atienda el requerimiento la solicitud se tendrá por no presentada. Resulta IMPORTANTE señalar que con fundamento en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el Tribunal Superior de Justicia del Estado funcionará en Pleno o en Salas; y éstas a su vez conocerán de apelaciones, del recurso de casación, denegadas apelaciones, revisiones forzosas, excusas, recusaciones, incidentes de competencia y de acumulación, y de los demás asuntos que establezcan las leyes o que sean promovidos ante los juzgados de primera instancia, como se puede observar en el artículo 42 de dicho ordenamiento. Asimismo, se hace de su conocimiento que esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia, únicamente es competente para proporcionar información del Tribunal Superior Justicia del Estado, -salas- que lo integran, no así la correspondiente a los Juzgados de Primera Instancia, de conformidad con lo señalado en el artículo 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, toda vez que CONSEJO DE LA JUDICATURA CUENTA CON SU PROPIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA para atender las solicitudes de información de su competencia. Situación que se confirma con el Padrón de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán, aprobados en sesión ordinaria del día 27 de octubre de 2022, por los integrantes del Pleno del Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, publicación que se encuentra disponible en: http://www.inaipyucatan.org.mx/transparencia/Consejo/Acuerdos2022.aspx AHORA BIEN, EN EL SUPUESTO DE QUE LA INFORMACIÓN DE SU INTERÉS SEA GENERADA EN LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA PUEDE DIRIGIR SU PETICIÓN A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, señalando de manera clara lo que requiere. (FAVOR DE VER ARCHIVO ANEXO)Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573824000079

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerimiento de información adicional (5 días)Tipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta16/05/2024Fecha solicitud término06/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Judicial