Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 17/05/2024 a la dependencia Yucatán - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
Descripcióncuanto dinero has recibido durante el 2024 del ayuntamiento de Mérida? cuantos agremiados tienes? a cuantos les conseguiste en abril 2024 base o promoción?Respuesta del día22/05/2024Texto de respuestaNúmero de Folio: 310573824000088 Mérida, Yucatán, a 22 de mayo de 2024 APRECIABLE SOLICITANTE Presente. - VISTOS: De conformidad con la solicitud de información pública realizada por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia, con fecha 17 de mayo de 2024, el Departamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Estadística del Tribunal Superior de Justicia, recibió la solicitud de acceso a la información pública marcada con el folio 310573824000088, la cual consistió en: “… cuantos agremiados tienes? a cuantos les conseguiste en abril 2024 base o promoción?” Resulta IMPORTANTE informar que la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán en su artículo 3° a la letra dice: "Corresponde al Poder Judicial del Estado de Yucatán, la atribución de impartir justicia y aplicar leyes y normas de carácter general en materias constitucional, civil, familiar, mercantil, de justicia para adolescentes, penal, laboral y en los asuntos de carácter federal, cuando expresamente las leyes, convenios y acuerdos que resulten aplicables, le confieran jurisdicción;…”. con lo anterior se establece de manera clara y definitiva que la competencia de los tribunales locales es la de impartir justicia, lo que se realiza con estricto apego a toda la normatividad y legislación local, nacional y tratados internacionales, con la firme intención de salvaguardar el interés superior de los menores y en defensa de los derechos humanos de todos los ciudadanos, de lo anterior se colige que, el Poder Judicial del Estado de Yucatán solo tienen la facultad de interpretar la ley y aplicarla. Ahora bien, de la lectura de su solicitud de información se observan dos interrogantes siendo “-cuantos agremiados tienes? -a cuantos le conseguiste en abril 2024 base o promoción?”. En base a ello se le solicita que aclare a qué se refiere con agremiados, ya que ese término es coloquialmente asociado quienes se encuentran afiliados a los sindicatos, y por último especifique si la información concierne sobre el número de personas que labora en el Tribunal Superior de Justicia y la naturaleza de sus nombramientos. En consecuencia, de lo anterior para estar en condiciones de dar trámite correspondiente y otorgar la eventual respuesta a su solicitud; se le requiere para que en el plazo de DIEZ días hábiles contados a partir de la fecha de notificado este acuerdo, aclare y precise lo solicitado, en los términos señalados en el párrafo que antecede. Lo anterior con la finalidad de cumplir con la disposición contenida en el Artículo 128 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; de la misma manera se le informa que el presente requerimiento interrumpirá el plazo de respuesta establecido en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que comenzará a computarse nuevamente al día siguiente del desahogo; para el caso que no se atienda el requerimiento la solicitud se tendrá por no presentada. Por último, en caso de duda respecto al presente se pude comunicar a la unidad de transparencia vía telefónica al 9999 300650 ext. 5024, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-310573824000088