Yucatán - Congreso del Estado de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Yucatán - Congreso del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

DescripciónEl derecho de acceso a la información es clave en la conformación de una cultura de transparencia y participación ciudadana. Por tal motivo y de conformidad con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Principio 4 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; con el artículo 19.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable, solicito se brinde la información correspondiente a la normativa que regula el servicio profesional de carrera, haciendo una precisión exhaustiva en lo que a continuación señalo: 1. ¿Cuál es la normativa que regula al servicio profesional de carrera en este Poder Legislativo? 2. ¿Cuál fue la fecha de expedición de dicha norma? 3. ¿En dónde se puede consultar dicha norma “versión más reciente”? 4. ¿Cuántas reformas ha tenido dicha reforma desde su aprobación? 5. ¿Cuántas iniciativas de ley, reformas, derogaciones sobre el servicio profesional de carrera se han presentado desde el 2018 a la fecha? 6. ¿Cuántos asesores legislativos y secretarios técnicos de comisión tiene este poder legislativo? 7. Adjuntar el nombre, el grado de estudios el cv, antigüedad y el sueldo que se les paga por su trabajo. 8. Cuántos de estos asesores y secretarios técnicos han entrado a trabajar mediante el servicio profesional de carrera. 9. Cuántos de estos asesores y secretarios técnicos pertenecen a algún sindicato de trabajadores; mencionar a cual pertenecen. 10. Cuál ha sido la eficacia del trabajo legislativo en comisiones así como del Pleno de la presente legislatura y la anterior: desglosar el número de iniciativas que se presentaron, las aprobadas, las desechadas y las pendientes. Respuesta del día12/11/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 4, 7, 129 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, se hace formal entrega de la respuesta otorgada a su solicitud de acceso, mediante la cual se pone a su disposición la información solicitada, proporcionada por las área que resultaron competente. Consultar archivo adjunto.Archivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-311218524000216

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta14/11/2024Fecha solicitud término12/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Legislativo