Yucatán - Congreso del Estado de Yucatán - (YUC)
Solicitud del día 07/11/2024 a la dependencia Yucatán - Congreso del Estado de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán
DescripciónEstimado responsable del área de Transparencia del H. Congreso del Estado de Yucatán, Me dirijo a usted respetuosamente para solicitar, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los resultados electorales (número de votos obtenidos) correspondientes a las elecciones en el estado de Yucatán desde 1950 hasta 2024. Específicamente, estoy interesado en obtener la información para los siguientes cargos y niveles: -Elección para Gobernador -Elección para la Alcaldía de Mérida -Elecciones para Diputados Locales -Elecciones para Diputados Federales -Elecciones para Senadores En el caso de los demás municipios del estado, agradecería que se me proporcionara un desglose de cuántos municipios ganó cada partido en cada elección. Agradezco de antemano la atención a la presente solicitud y quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Luis Hevia Canto Respuesta del día08/11/2024Texto de respuestaPor este medio, se adjunta la resolución número: UT-309/2024 suscrita por la Unidad de Transparencia del H. Congreso del Estado de Yucatán por la cual se determina la notoria incompetencia de este sujeto obligado para dar trámite a la solicitud de acceso a la información. Asimismo, de acuerdo con el estudio de la normatividad aplicable, plasmada en la resolución antes referida, se le ORIENTA para efectos de que pueda tramitar su solicitud de acceso ante el sujeto obligado competente, de acuerdo a lo descrito en la determinación anexa. Asimismo, se le comunica que en caso de inconformidad con lo resuelto por esta Unidad, puede presentar su Recurso de Revisión ante el organismo garante en materia de transparencia y acceso a la información en el Estado de Yucatán (INAIP, Yucatán). Se le informa que quedan a salvo sus derechos para el caso de querer presentar futuras solicitudes de acceso a este sujeto obligado en cualquier otro momento. Lo anteriormente mencionado guarda sustento en los artículos 129 y 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-311218524000219