Yucatán - Parque Científico y Tecnológico de Yucatán - (YUC)

Solicitud del día 25/01/2024 a la dependencia Yucatán - Parque Científico y Tecnológico de Yucatán - (YUC) del órgano Yucatán

Descripción¿Cómo la Comisión de Ciencia y Tecnología supervisa la asignación de recursos destinados a investigaciones y desarrollos tecnológicos en beneficio de las personas con discapacidad? ¿Cómo se asegura de que estos recursos se utilicen eficientemente? • ¿Qué medidas ha tomado la Comisión de Ciencia y Tecnología para promover la participación de personas con discapacidad en la formulación de políticas y decisiones relacionadas con la ciencia y la tecnología? ¿Existen mecanismos específicos para incluir sus perspectivas? • ¿Cómo la Comisión impulsa la igualdad de acceso y oportunidades en el ámbito de la ciencia y la tecnología para personas con discapacidad? ¿Existen políticas o incentivos específicos para garantizar su inclusión en estos campos? • ¿Cuáles son los programas y proyectos específicos que la Comisión de Ciencia y Tecnología ha respaldado o propuesto para mejorar la calidad de vida y la participación de personas con discapacidad en la sociedad a través de avances científicos y tecnológicos? • En términos de transparencia, ¿cómo se asegura la Comisión de Ciencia y Tecnología de que los recursos asignados se utilicen de manera transparente y eficaz en proyectos relacionados con personas con discapacidad?Respuesta del día14/02/2024Texto de respuestaPara resolver la solicitud marcada con el folio: 312964624000001, que se tuvo por recibida en esta Unidad de Transparencia a través del Sistema INFOMEX de la Plataforma Nacional de Transparencia con fecha 26 de enero de 2024, se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes: ANTECEDENTES I.- La Unidad de Transparencia del Parque Científico y Tecnológico de Yucatán tuvo por recibida la Solicitud de Acceso a la Información Pública marcada con el número de folio 312964624000001, a través del Sistema INFOMEX de la Plataforma Nacional de transparencia. II.- En la referida solicitud el particular requirió información en los siguientes términos: “¿Cómo la Comisión de Ciencia y Tecnología supervisa la asignación de recursos destinados a investigaciones y desarrollos tecnológicos en beneficio de las personas con discapacidad? ¿Cómo se asegura de que estos recursos se utilicen eficientemente? • ¿Qué medidas ha tomado la Comisión de Ciencia y Tecnología para promover la participación de personas con discapacidad en la formulación de políticas y decisiones relacionadas con la ciencia y la tecnología? ¿Existen mecanismos específicos para incluir sus perspectivas? • ¿Cómo la Comisión impulsa la igualdad de acceso y oportunidades en el ámbito de la ciencia y la tecnología para personas con discapacidad? ¿Existen políticas o incentivos específicos para garantizar su inclusión en estos campos? • ¿Cuáles son los programas y proyectos específicos que la Comisión de Ciencia y Tecnología ha respaldado o propuesto para mejorar la calidad de vida y la participación de personas con discapacidad en la sociedad a través de avances científicos y tecnológicos? • En términos de transparencia, ¿cómo se asegura la Comisión de Ciencia y Tecnología de que los recursos asignados se utilicen de manera transparente y eficaz en proyectos relacionados con personas con discapacidad?” (SIC) CONSIDERANDOS Primero. Que de conformidad con el artículo 45 fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es atribución de la Unidad de Transparencia del Parque Científico y Tecnológico de Yucatán, recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información que sean de su competencia. Segundo. Del análisis de la documentación remitida por la unidad administrativa requerida se advierte que es de carácter público por lo que se determina poner a disposición del solicitante la documentación requerida a través del Sistema INFOMEX de la Plataforma Nacional de Transparencia RESUELVE Primero. La información solicitada es inexistente toda vez que el Parque Científico Tecnológico de Yucatán mediante el decreto 434/2021 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán con fecha 01 de diciembre de 2021, Articulo 2.-Atribuciones; no incluye responsabilidades relacionadas con la Comisión de Ciencia y Tecnología. Segundo. Infórmesele al solicitante que la presente resolución puede ser impugnada a través del Recurso de Revisión en los plazos establecidos en las disposiciones legales aplicables Tercero. Notifíquese al solicitante el sentido de esta resolución. Así lo resolvió y firma el Titular de la Unidad de Transparencia del Parque Científico y Tecnológico de Yucatán, IF. Joaquín Manuel Alcocer Velázquez, en el municipio de Mérida, Yucatán, a 14 de febrero de 2024. Atentamente, IF. JOAQUÍN MANUEL ALCOCER VELÁZQUEZ TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE YUCATÁN *Se adjunta archivo de respuestaArchivo adjuntoDescargarFolioYUC-IP-312964624000001

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInexistencia de la información solicitadaTipo de respuestaINEXISTENTEMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta14/02/2024Fecha solicitud término14/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deYucatánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo