Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC)

Solicitud del día 16/01/2024 a la dependencia Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas

Descripción¿Se puede combinar el proceso de municipalización (nuevo), en el estado de Zacatecas, con un proceso electoral? Ejemplo de ello el plebiscito, y las votaciones próximas del 2024. • ¿Sí o No?, argumentación y Justificación legal de una y otra respuesta. • Quienes son implicados en él y los procesos de ser separados o ser en conjunto. Para llevarlo a cabo, y lograr la creación de un nuevo municipio en el estado de Zacatecas. Nota: Dentro de cada uno de los puntos solicitados, con el fin de tener la claridad oportuna de la información correspondiente, así como la facilidad de obtenerla, en caso que no sea “EL ENTE” encargado de brindarla” determinar ¿quién, o quienes, si lo es? Lo cual permita el realizar la investigación y solicitud de información pertinente a ese ente(s) y no volver a solicitárselo. De igual manera NO determinar Queja por No contemplar la respuesta (s) a la información solicitada, y/o la claridad de ellas. Agradezco el dar respuesta a la presente solicitud de información como parte importante de una revisión e investigación respecto al funcionamiento y operación del "Proceso de Municipalización en el estado de Zacatecas" como parte del planteamiento de sus ejecución. G R A C I A S … Respuesta del día27/01/2024Texto de respuestaAsimismo, el artículo 124 del capítulo tercero denominado “De la creación, fusión, restitución y supresión de municipios” de la Constitución Local establece lo siguiente: “Artículo 124. La facultad de crear, suprimir, restituir y fusionar Municipios compete a la Legislatura del Estado, la cual se sujetará a las siguientes prescripciones: Párrafo reformado POG 22 de octubre de 2003 (Decreto 314) I. Que la decisión de crear, suprimir, restituir o fusionar sea resultado de plebiscito en el que así lo decidan, por lo menos, el setenta por ciento de los ciudadanos que habiten la región; Fracción reformada POG 22 de octubre de 2003 (Decreto 314) II. …” Por otro lado, los artículos 5, 9 y 25 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Zacatecas, indican: “ARTÍCULO 5º Acotamientos en materia de plebiscito 1.- Por lo que respecta al Poder Legislativo, únicamente podrán ser materia de plebiscito, los actos relativos a la supresión, fusión o formación de municipios. 2.- No serán materia de plebiscito, los actos de las autoridades, en materia de tarifas a los servicios públicos.” “ARTÍCULO 9º Limitantes temporales 1.- Durante la celebración de un proceso electoral federal, estatal o municipal, no se podrá realizar referéndum o plebiscito. 2.- Para efectos de esta ley, el proceso electoral incluye todas las etapas, desde la preparación, hasta que se hayan emitido las correspondientes declaraciones de validez y constancias.”Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-320596624000012

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/02/2024Fecha solicitud término27/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deZacatecasSector de la dependenciaOrganismos Autónomos