Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC)
Solicitud del día 05/06/2024 a la dependencia Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas
DescripciónBuenas noches, una duda porque no contaron la boleta de la sección 0269 de Fresnillo Zacatecas ?Respuesta del día25/06/2024Texto de respuestaAl respecto, y con base en lo previsto por los artículos 225, 227, 230, 231, 233, 235, 254, 255, 257 y 260 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas, se informa lo siguiente: 1. El día de la jornada electoral, al cerrar la votación a las 18:00 horas, los integrantes de la mesa directiva de casilla proceden a realizar el escrutinio y cómputo de los votos emitidos en la casilla, es decir, determinan el número de electores que votó en la casilla, el número de votos emitidos a favor de cada uno de los partidos políticos o candidatos, el número de votos nulos y el número de boletas sobrantes, y levantan un acta de escrutinio y cómputo de la cual una copia se guarda en un sobre adherido al paquetes electoral que contiene el expediente electoral con toda la documentación de la casilla, que se entrega al Consejo Distrital Electoral correspondiente. 2. Al recibir el Consejo Distrital el paquete electoral, debe desprender el sobre que contiene la copia del acta de escrutinio y cómputo de la casilla, a efecto de dar lectura en voz alta al resultado contenido en el acta, de no encontrase la copia del acta fuera del paquete, éste se resguarda para abrirse hasta el día del cómputo de la elección. 3. A las nueve horas del miércoles siguiente al domingo de la elección, los consejos distritales celebran sesión con carácter de sucesiva e ininterrumpida hasta su conclusión, con el objeto de efectuar los cómputos distritales, en esta sesión se realiza nuevamente el escrutinio y cómputo, entre otras, de aquéllas casillas en las que faltó el acta de escrutinio y cómputo y se levanta el acta correspondiente. En estos términos, al no contar con un acta de escrutinio y cómputo de la casilla en el paquete electoral de la sección 0269, el Consejo Distrital organizó el recuento de votos, el cual fue realizado por el grupo 2, obteniéndose los resultados que se muestran en la siguiente imagen relativa a la Constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de la elección de diputaciones locales. La legislación de referencia está disponible para su consulta directa en la liga: https://ieez.org.mx/MJ/2023/Ley%20Electoral%20del%20Estado%20de%20Zacatecas_19Ago_2023.doc De igual manera, se informa que en caso de inconformidad con la respuesta que se le proporciona, podrá interponer el Recurso de Revisión, por sí o a través de su representante, de manera directa o por medio electrónico ante el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, ante la Unidad de Transparencia del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, o bien, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia en el apartado de Quejas de Respuestas, en la liga https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la presente. Sin otro particular por el momento, reitero a usted mi consideración respetuosa. A t e n t a m e n t e Mtro. Jorge Chiquito Díaz de León Secretario EjecutivoArchivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-320596624000099