Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC)
Solicitud del día 05/06/2024 a la dependencia Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas
DescripciónEn mi municipio (Nochistlán de mejía) gano morena, movimiento ciudadano se quedo en segundo lugar con 4885 votos de ahí el pan con 1385 ningún otro partido alcanzo el minino del 3% para poder participar a una regiduría. haciendo los cálculos guiados por la ley electoral del estado de zacatecas (articulo 28) movimiento ciudadano tiene derecho a 3 regidurías y el pan a 1, mi duda es ¿si se pueden otorgar estas 3 regidurías a MC ? o algo lo impide.Respuesta del día17/06/2024Texto de respuestaAl respecto, se hace de su conocimiento que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, mediante Acuerdo ACG-IEEZ-099/IX/2024 del nueve de junio del año en curso, aprobó el Cómputo Estatal de la Elección de Regidurías por el Principio de Representación Proporcional, se declaró su validez y se asignó las Regidurías que por este principio corresponden de acuerdo a la votación obtenida en el Proceso Electoral 2023-2024. En el Acuerdo de referencia, en el Considerando Sexagésimo Octavo, se desarrolla la formula de cociente y resto mayor, así como la integración paritaria, señalado en el artículo 28 de la Ley Electoral, observando los principios constitucionales de representatividad, pluralismo y paridad en la conformación de los ayuntamientos por el referido principio; y aplicando las fases siguientes: Fase previa; Fase de cociente natural; Fase de resto mayor; Fase para la integración paritaria de género, y Fase de expedición de constancias de asignación, determinándose que las candidaturas a las que se les debería de expedir la constancia de asignación de Regidurías son:Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-320596624000101