Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC)

Solicitud del día 10/06/2024 a la dependencia Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas

DescripciónSolicito copia simple, en su versión pública, de todas los informes de las actividades llevadas a cabo para la destrucción de documentación electoral para todos los procesos electorales ordinarios y extraordinarios realizados entre el año 2006 y lo que va a la fecha de esta solicitud del año 2024. Lo anterior incluye todo anexo correspondiente. No omito mencionar que dichas constancias deben existir, conforme el inciso b), numeral 1 del artículo 437 del Reglamento de Elecciones del INE https://portal.ine.mx/reglamento-de-elecciones/Respuesta del día08/07/2024Texto de respuestaAl respecto, y con base en la información proporcionada por las aéreas de la Secretaria Ejecutiva, y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos, se comunica lo siguiente: El siete de septiembre del año 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, emitió el Acuerdo INE/CG661/2016, mediante el cual aprobó el Reglamento de Elecciones, que en el artículo transitorio primero señala que entrará en vigor a partir de su aprobación, en ese sentido la vigencia y observancia del Reglamento comenzó a partir de la fecha citada. El Reglamento de Elecciones señala en el artículo 434, lo siguiente: “… 1. El Consejo General del Instituto o el Órgano Superior de Dirección del OPL, deberá aprobar la destrucción de la documentación electoral una vez concluido el proceso electoral correspondiente. En el acuerdo respectivo se deberán precisar los documentos objeto de la destrucción, entre los que se encuentran, los votos válidos, los votos nulos, las boletas sobrantes de la elección correspondiente, así como de aquellas que fueron inutilizadas durante la actividad de conteo, sellado y enfajillado, una vez concluido el proceso electoral respectivo…” En la misma tesitura, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, el ocho de febrero de 2017, mediante Acuerdo ACG-IEEZ-005/VII/2017, aprobó los Lineamientos para la destrucción de la documentación electoral, Acuerdo y anexo que en términos de lo previsto por los artículos 35 y 99 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, se encuentra disponible para su consulta directa y procesamiento en la página de internet Institucional: www.ieez.org.mx, en el Apartado de “Acuerdos y Resoluciones” en el año 2017, seleccione el Acuerdo identificado con la nomenclatura: ACG-IEEZ-005/VII/2017 y su anexo, acceso que se muestra a través de las siguientes imágenes: O bien, a través de las siguientes ligas: https://ieez.org.mx/MJ/acuerdos/sesiones/08022017_2/acuerdos/ACGIEEZ005VI2017.pdf?1720043377 https://ieez.org.mx/MJ/acuerdos/sesiones/08022017_2/acuerdos/ACGIEEZ005VI2017_anexos/ANEXO1.pdf?1720042065Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-320596624000110

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/07/2024Fecha solicitud término08/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deZacatecasSector de la dependenciaOrganismos Autónomos