Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC)

Solicitud del día 06/09/2024 a la dependencia Zacatecas - Instituto Electoral del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas

DescripciónAl respecto, solicito de la manera más atenta se me informe si la persona moral denominada Partido de la Revolución Democrática, como partido político nacional: a) Participo en la elección local en el proceso electoral 2023-2024 y si de ser positiva la respuesta, si de los resultados de la elección local se encuentra en el supuesto del numeral 5 del artículo 95 citado de la LGPP b) En su caso, si en la entidad federativa en donde alcanzó el tres por ciento de la votación el PRD, se pueda precisar cuántos cargos a disputarse registro el PRD como CANDIDATOS PROPIOS y sí estos corresponden a la mitad de municipios y distritos en el Estado. De ser el caso, si se puede precisar que municipios o distritos registro candidatos propios, no como coalición c) Si el PRD en el Estado cuenta con inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática y de contar con inmuebles propiedad del PRD, persona moral única e indivisible, en el estado cual es el fundamento legal para que se le trasfieran, de ser el caso, la propiedad de los inmuebles que hayan adquirido con prerrogativas emanadas de recursos públicos. d) Si extinguido el Instituto político, como persona moral denominada PRD, es jurídicamente permitido darle en propiedad inmuebles a otra persona moral distinta de quien adquirió los bienes que deben ser devueltos, supongo, a la Tesorería de la Federación, una vez cubiertas sus obligaciones pendientes de pago. e) De ser el caso, solicitar a las áreas del registro público de la propiedad en el estado, Estatal y municipales, en términos del artículo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la relación de inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática, inscritas en su favor en el Estado Respuesta del día07/10/2024Texto de respuestaNorma Presente Por este medio, y por instrucciones del Mtro. Juan Manuel Frausto Ruedas, Consejero Presidente del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, y en atención a su solicitud de información que presentó ante la Autoridad Administrativa Electoral a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, el día seis de septiembre del año en curso, en la cual, textualmente solicita lo siguiente: “Al respecto, solicito de la manera más atenta se me informe si la persona moral denominada Partido de la Revolución Democrática, como partido político nacional: a) Participo en la elección local en el proceso electoral 2023-2024 y si de ser positiva la respuesta, si de los resultados de la elección local se encuentra en el supuesto del numeral 5 del artículo 95 citado de la LGPP. b) En su caso, si en la entidad federativa en donde alcanzó el tres por ciento de la votación el PRD, se pueda precisar cuántos cargos a disputarse registro el PRD como CANDIDATOS PROPIOS y sí estos corresponden a la mitad de municipios y distritos en el Estado. De ser el caso, si se puede precisar que municipios o distritos registro candidatos propios, no como coalición c) Si el PRD en el Estado cuenta con inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática y de contar con inmuebles propiedad del PRD, persona moral única e indivisible, en el estado cual es el fundamento legal para que se le trasfieran, de ser el caso, la propiedad de los inmuebles que hayan adquirido con prerrogativas emanadas de recursos públicos. d) Si extinguido el Instituto político, como persona moral denominada PRD, es jurídicamente permitido darle en propiedad inmuebles a otra persona moral distinta de quien adquirió los bienes que deben ser devueltos, supongo, a la Tesorería de la Federación, una vez cubiertas sus obligaciones pendientes de pago. e) De ser el caso, solicitar a las áreas del registro público de la propiedad en el estado, Estatal y municipales, en términos del artículo 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la relación de inmuebles a nombre del Partido de la Revolución Democrática, inscritas en su favor en el Estado”. Al respecto, y con base en la información proporcionada por la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos y por la Dirección Ejecutiva de Administración, se hace de su conocimiento lo siguiente: Por lo que refiere a su requerimiento del inciso a), se hace de su conocimiento que el Partido de la Revolución Democrática, sí participo en el Proceso Electoral Local 2023-2024, ahora bien en lo que respecta si de los resultados de la elección local el referido partido se encuentra en el supuesto del numeral 5 del artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos, se le informa que sí se encuentra en el supuesto de pérdida de registro al no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, sin embargo podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos. (....)Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-320596624000179

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotificación de respuesta de información disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta08/10/2024Fecha solicitud término07/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deZacatecasSector de la dependenciaOrganismos Autónomos