Zacatecas - Secretaría de Seguridad Pública - (ZAC)
Solicitud del día 05/09/2024 a la dependencia Zacatecas - Secretaría de Seguridad Pública - (ZAC) del órgano Zacatecas
Descripción3.- De conformidad al artículo 14 fracciones I, III, IV, VI, IX, X, XI, XVII, XIX, XX, de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, Son atribuciones de la Secretaría de Seguridad: I. Planear, organizar, controlar y vigilar el tránsito y la seguridad vial dentro del Estado para garantizar el libre tránsito y la seguridad de las personas; III. Fijar y conducir las políticas públicas en materia de tránsito y vialidad y vigilar el cumplimiento de la presente Ley en su respectiva competencia; IV. Promover programas de educación vial y prevención de hechos de tránsito; VI. Establecer programas y lineamientos de acuerdo con las normas estatales y federales aplicables al ingreso, permanencia, promoción, profesionalización, cese o remoción de los integrantes de la corporación de policía encargada del tránsito y la seguridad vial del Estado; IX. Realizar los estudios necesarios para mejorar el tránsito y la seguridad vial de acuerdo con las necesidades sociales; X. Instrumentar en coordinación con otras dependencias y con los Municipios, programas y campañas permanentes de: a) Capacitación, profesionalización y actualización de conocimiento del personal bajo su mando; y b) Transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción en las unidades administrativas, corporaciones y los elementos de policía encargados del tránsito y la seguridad vial. c)Educación vial y cortesía urbana; d) Prevención de hechos de tránsito y medidas de seguridad vial; e) Preservación del medio ambiente en materia de tránsito y vialidad; F) Respeto a los derechos de los niños, adultos mayores, mujeres gestantes y personas con discapacidad, incluyendo las medidas de infraestructura vial que permitan hacer efectivos tales derechos, y g) Implementar programas integrales de información, educación e investigación en materia de sensibilización y formación sobre movilidad y seguridad vial con enfoque especial en prevención, conforme los criterios establecidos en la Ley General. Para prevenir muertes y lesiones graves por siniestros viales, se implementará un programa específico en coordinación con la Secretaría de Salud del Estado; XI. Proponer a las instancias correspondientes, alternativas que permitan una mejor utilización de las vías públicas, agilizar el tránsito de las mismas y disminuir los índices de contaminación ambiental producidos por el tránsito de vehículos; XVII. Establecer los operativos de prevención de hechos de tránsito, en puntos aleatorios en las vialidades; XIX. Ejecutar medidas necesarias para el correcto y eficaz desarrollo de sus funciones; XX. Ejecutar acciones tendientes al mejoramiento del tránsito y la seguridad vial; A consecuencia del anterior artículo y fracciones, solicito se describa las acciones realizadas de conformidad a las atribuciones que establecen cada una de las fracciones descritas. 4.- De conformidad al artículo 17 de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas. La unidad administrativa señalada en el artículo anterior tendrá atribuciones para otorgar seguridad vial y de tránsito. Para ello podrá realizar actividades de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento de las obligaciones, incluidas las fiscales, de los vehículos y conductores, y aplicar las providencias precautorias que esta Ley establece. Para los efectos del párrafo anterior, las autoridades viales podrán utilizar cualesquier dispositivos tecnológicos que permitan verificar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y su Reglamento, las conductas contrarias a los mismos y la identificación de las personas que los cometan. A consecuencia del anterior artículo, solicito se describa las actividades de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento de las obligaciones, incluidas las fiscales, de los vehículos y conductores, y aplicar las providencias precautorias de conformidad a las atribuciones dicho artículo. Otros datoshttps://ssp.zacatecas.gob.mx/dpsv/ https://www.congresozac.gob.mx/64/ley&cual=56&tipo=pdf https://www.congresozac.gob.mx/64/ley&cual=141Respuesta del día07/10/2024Texto de respuestaSE DA RESPUESTA MEDIANTE DOCUMENTOANEXO, QUEDO A LA ORDEN.Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-321105024000282