Zacatecas - Sindicato Único Del Personal Docente Y Administrativo Del Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas - (ZAC)
Solicitud del día 20/03/2024 a la dependencia Zacatecas - Sindicato Único Del Personal Docente Y Administrativo Del Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas - (ZAC) del órgano Zacatecas
DescripciónIng Gerardo Garcia Murillo quisiera que me diga cual es la función del licenciado Campa, porque en las reuniones del consejo dice que lleva muchos casos pero la verdad nunca lo vemos en el sindicato, y de a deberas nunca esta, ¿Que hace, cual es su funcion en el sindicato, por que nunca va? Es que usted no esta y por eso ni cuenta se da, Campa debe estar ahi para ayudarnos a nosotros los trabajadores, el cobaez les paga sin hacer nada pues? Por cierto, no se le olvide que debe velar por los derechos de nosotros los trabajadores, no de los derechos de los hijos de su secretaria... porque ya todos nos dimos cuenta de lo que anda haciendo, detengase, no se arriesgue por unas faldas que destruyen personas, y vemos que ya se lo estan acabando a usted, si nos da tristeza verlo en lo que lo han convertido, aunque no lo crea aqui en cobaez hay personas que estamos agradecidas por su apoyo, y usted no merece acabar quemado por usted ya sabe quien.Respuesta del día23/04/2024Texto de respuestaPor cuanto hace a mencionar las funciones del Lic. José Campa Ambriz que solicita se le informe al C. ALFONSO VERGARA, se precisan en particular las siguientes: coadyuvar en los asuntos jurídicos que le asigne el Secretario General, así como el atender de los asuntos laborales individuales en los que el sindicato forma parte ante diversas autoridades judiciales; así como los asuntos de atención o aseria que le son asignados por el titular de nuestro gremio, conforme los Estatutos del sindicato. https://0201.nccdn.net/4_2/000/000/038/2d3/16.-estatutos.pdf Por lo que corresponde a la pregunta: ¿Que hace, ¿cuál es su función en el sindicato? Se informe que el titular de nuestro Sindicato le ha conferido al citado trabajador, la responsabilidad de continuar con el mandato de Apoderado Legal del SUPDACOBAEZ, constando en instrumento notarial, cuyas funciones y actividades entre otras, es atender personalmente en favor de los trabajadores del Sindicato, concretamente en lo siguiente: 1.- Para intentar juicios, presentar demandas, querellas y denuncias, así como desistirse de ellas cuando lo permita la ley, en toda clase de procedimientos incluyendo el Juicio de Amparo; 2.- Para transigir, celebrar convenios de mediación en juicio y fuera de él; 3.- Para comprometer en árbitros, asistir el procedimiento arbitral y de igual forma, participar como gestor oficioso y amigables componedores; 4.- Para absolver y articular posiciones en los Juicios Judiciales correspondientes; 5.- Para recusar y asistir a los tribunales de apelación e interponer los recursos correspondientes; 6.- Para realizar pagos y recibir pagos, realizar quitas o descuentos, dentro de los propios procedimientos o fuera de ellos; 7.- Para asistir a la etapa conciliatoria ante el rezago existente de las juntas de conciliación y arbitraje proceso de terminación, tanto federales como locales, en proceso extinción, y su consecución ante los Juzgados laborales tanto locales como del ámbito Federal e internacional. 8.- Para todos los demás actos que expresamente determine la ley. 9.- En consecuencia, como apoderado podrá representar al sindicato poderdante ante particulares y ante toda clase de autoridades, oficinas administrativas y funcionarios federales, locales o municipales y ante todo tipo de Juzgados Judiciales, por ende ante toda clase de autoridades o corporaciones creada o reconocidas por las Legislaciones y ante cualquier Tribunales sea federal, local, civil, penal, fiscal o administrativo, facultándole, asimismo para presentar denuncias y querellas penales, coadyuvar con el Ministerio Público, constituirse en parte civil y otorgar perdón. Tampoco se soslaya que el Lic. José Campa Ambriz ostenta el cargo de Presidente del Comité de Vigilancia del Sindicato, cuya función deriva en la protección de todos los actos de los miembros de la Directiva Sindical, motivo por el cual lleva a cabo todos los procedimientos que en su caso se conforman para la investigación de hechos efectuados por los afiliados al sujeto obligado que contravienen a los Estatutos. Asimismo, tiene asignada la atribución de conformar el Comité de Transparencia del Sindicato, ostentando actualmente el carácter de Presidente del mismo. En cuanto a los demás argumentos del solicitante de información, mismos que refiere en su escrito de solicitud, este Comité de Transparencia en su discusión y análisis de la presente solicitud de información, considera que se tratan de meras referencias de hechos personales, sin constituir pregunta alguna que este Comité de Transparencia este con la posibilidad de informarle con objetividad a sus afirmaciones, motivo por el cual, no es factible hacer referencia ni consideración alguna al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioZAC-IP-321140624000005